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ActionsRequisitos a cumplir por las personas Jurídicas
ICBC le informa que se han actualizado los requisitos a cumplir por las Personas Jurídicas.
La Resolución 121/2011 de la Unidad de Información Financiera (UIF) actualmente vigente, establece las medidas y procedimientos que debe observar el Sector Financiero y el BCRA en su Texto Ordenado en Materia de Prevención del Lavado de Dinero y otras Actividades Ilícitas; incorporó un nuevo requisito que deberán cumplir las Personas Jurídicas, a saber:
"...conocer la estructura de la sociedad, determinar el origen de sus fondos e identificar a los propietarios, beneficiarios y aquellos que ejercen el control real de la persona jurídica".
A estos fines se entiende por “Propietario/ Beneficiario… a las personas físicas que tengan como mínimo el VEINTE (20) por ciento del capital o de los derechos de voto de una persona jurídica o que por otros medios ejerzan el control final, directo o indirecto sobre una persona jurídica”.
El texto de las referidas normas se encuentra disponible en www.bcra.gov.ar y en www.uif.gov.ar pudiendo ser consultado en Normativa / Comunicaciones y Normativa/ Resoluciones UIF, respectivamente.
Se aclara que el requisito precedente resulta aplicable a los clientes de ICBC previamente a la emisión de las normas mencionadas, por establecerlo nuestra Política Corporativa.
Si aún no presentó la DDJJ correspondiente, para simplificar el cumplimiento de estas exigencias podrá acceder al formulario ingresando en la opción Formularios útiles: Declaración Jurada de Accionistas. Una vez completado y firmado deberá acercarlo a la sucursal de radicación de su cuenta.